FAC – Federación Argentina de Canaricultura

GABINETE ANTIFRAUDE

 

REGLAMENTO  GABINETE ANTIFRAUDE

CONFEDERACION ORNITOLOGICA ARGENTINA

 Art. 1  Finalidad.

Se trabajara intensamente durante el desarrollo del campeonato, en pos de la transparencia general e igualdad de posibilidad de todas las aves, en sana competencia, previo y posterior al paso de las mismas por las mesas de jura.

Art. 2- Tareas a realizar.   

Control de las designaciones de las planillas de jura a sus correspondientes mesas

Control de anillos, apreciando el estado y observando su numeración correspondiente y las medidas adecuadas.

Control Veterinario observando el estado general de las aves

Control del plumaje del ave mediante la utilización de la lámpara y microscopio correspondiente.


Art. 3-   Conformación

Serán  responsables los nombrados por la Comisión Directiva de las Federaciones


Art.  4   – Integrantes

Jueces designados por el Colegio de Jueces

Delegados de las afiliadas.

Colaboradores designados  por el responsable del Gabinete anti-fraude.

Colaborador veterinario, designado por el responsable del área del campeonato

Colaboradores por cada rama, para realizar el traslado  de las aves designado por los coordinadores del Campeonato.


Art- 4-   Lugar requerido para llevar a cabo la tarea

Deberá designarse un espacio cerrado  en los Campeonatos, con acceso solo para las  personas del  Gabinete  Anti- Fraude  (Área Restringida)

Dicho sector deberá contar con conectividad a Internet.


Art. 5-   Material a Utilizar

  1. Lámpara de refracción para observar el plumaje de las aves
  2. Microscopio estereoscópico con Cámara para observar plumas determinadas y fotografiar las muestras.
  3. Lupa para leer correctamente los anillos
  4. Calibre para medir los anillos
  5. Notebook con webcam , para corroborar mediante el programa correspondiente la numeración de los anillos y para utilizar las comparaciones de plumas
  6. Cámara de vigilancia permanente.
  7. Varios necesarios, como por ejemplo recipientes para guardar plumas y lacrar, alicates, estufas, precintos, sellos  identificatorios de los responsables, útiles de oficinas , etc.


Art. 6-  A los efectos de determinar las infracciones

Regla GeneralEl ave deberá presentarse libre de agentes extraños que puedan alterar Y/O afectar su color y belleza natural, por lo cual se hace pasible el expositor de las siguientes sanciones.

Podrán   ser  consideradas infracciones  sujetas a  posibles sanciones, dependiendo de su gravedad las siguientes:

  1. a) Presentar ejemplares con doble anillo de cualquier tipo y color o anillos no pertenecientes a la federación que corresponde, excepto en los Campeonatos Abiertos y/o  
  2. b) Ejemplares con anillos abiertos o adulterados-
  3. c) Alterar el color de patas, picos y uñas mediante agentes externos, como asimismo alteraciones en el plumaje.
  4. d) Identificación por cualquier medio externo de jaulas o ejemplares.

Las sanciones podrán ir desde el simple apercibimiento hasta la suspensión y/o expulsión del expositor  ya sea en Campeonatos Organizados por las Federaciones que integran la COA, y/o  por las Organizadoras de eventos, que la COA fiscalice.-

Quedará  a cargo  de cada Federación, u Organizadores de eventos, la aplicación de las mismas, según sus estatutos, y/o reglamentos internos.


Art.  7- PROTOCOLO A REALIZARSE

7-A  – Previo a la Jura

Dicho gabinete, o los responsables de las Federaciones asociadas realizarán la distribución de las planillas de Jura para cada mesa de acuerdo a cada variedad, primando el sentido común para evitar todo tipo de suspicacia y/o mala intención,  que nos aleje el sentido de equidad a que nos debemos.


7- B  Posterior a la Jura

Terminada la tarea por parte de los señores jueces, las aves clasificadas ajunto a la planilla serán entregadas a los responsables en cada rama de conducirlas hasta el “Gabinete Anti-Fraude”. Una vez en el interior del mismo se procederá de la siguiente manera.

No obstante lo expresado, cada federación podrá optar por enviar al Gabinete Anti Fraude todos aquellos ejemplares que esta considere necesario.

7- C.  Procedimiento Interno

  • Se procederá a cortar el precinto correspondiente.
  • Se observará el estado del anillo identificatorio, considerando una falta  el agrandamiento, achatamiento, diferencia de color, así como también  utilizar anillos de diámetros superior al permitido  y/ o anomalías de cualquier tipo  que se detecten, es decir el anillo debe ser exacto en tipo y forma a como lo provee la Federación.-
  • Se corroborará la numeración correspondiente, tomando como referencia el catálogo de las afiliadas, coincidentes con las juras en las correspondientes clásicas, y su debía inscripción en el Campeonato, considerando falta la diferencia de numeración.
  • Se procederá a observar el plumaje del ave bajo la luz de la lámpara destinada a tal fin “Luz negra“ en pos de observar o no la anormal refracción de sus plumas, considerando falta dicha refracción.
  • Se analizará a vista de los presentes del Gabinete Anti Fraude, si es necesario observar plumas  en el microscopio. De ser necesario se procederá a la extracción de las mismas, resguardando siempre la integridad física del ave, y se analizará evaluando el resultado. Queda terminantemente prohibido el uso de cualquier tipo de producto, medio o mecanismo que tengan el efecto de alterar el fenotipo natural de las aves – Lo que se debe encontrar es la pluma natural del ave sin ningún tipo de alteración.
  • El responsable veterinario observará y evaluará su estado general de salud.
  • En el supuesto de aves que presenten anomalías o faltas en los pasos 2, 3, 4, 5, 6, se procederá a quitar de la clasificación correspondiente, dando el lugar al ave ubicada en la mesa de jura en la posición inmediata posterior. Ante este caso el premio será consultado con el director general del colegio de jueces o con el director de la rama técnica correspondiente.
  • Una vez cumplimentado todos los pasos se procederá a precintar nuevamente.
  • En la planilla de jura un responsable del Gabinete firmará y corroborará la clasificación de las aves de acuerdo a lo allí observado, entregando las cucardas correspondientes a las aves premiadas y dando por definitiva la clasificación. .
  • Los mismos responsables de traer las aves de cada rama serán los responsables de entregarlas en el lugar acordado con los coordinadores del campeonato.
  • Las planillas correspondientes serán entregadas al Sector Computos.
  • De las aves que se quitan del clasificador se identificaran en la planilla de Jura y a posterior en el catálogo general como.

PV-  Problemas Veterinarios

PA–  Problemas de Anillos

PP-  Problemas de Plumaje.

  • Si la infracción la cometieran integrantes de la Comisión Directiva de las Federaciones y/o los señores Jueces de las mismas, podrán ser inhabilitados para actuar en dichos cargos desde el tiempo que se estime y hasta la expulsión definitiva de acuerdo con los respectivos estatutos.


Art. 8-  Anomalías.

Si la comisión Antifraude detectara un fraude o violación de reglamentos, deberá labrar un acta por duplicado donde conste el número de jaula, número de anillo, nombre del expositor, entidad a la que pertenece,  la falta detectada, firmada por los integrantes del Gabinete Anti Fraude  Además, si se procede a la descalificación del ejemplar, se hará constar la falta cometida en la planilla de jura. A tal efecto se le hará saber a la Afiliada a la que pertenece el expositor mediante la entrega del duplicado de dicha acta. Siguiendo esta ultima los pasos de acuerdo al estatuto de la federación correspondiente.


Art. 9- Procedimiento  para detectar Anomalias

Previo al inicio del Campeonato el Canaricultor participante deberá firmar un escrito por el cual acepta que sus aves presentadas podrán ser sometidas al Gabinete Anti-Fraude.

Una vez  detectada la infracción, se le solicitará al infractor que realice un descargo, con el aval de la Afiliada a la que pertenece, dicha presentación tendrá un costo según la siguiente instrumentación-

  1. Previo al comienzo del campeonato se establecerá de acuerdo al valor de mercado el costo en pesos de la presentación con derecho a descargo,- Esto es a los fines de cubrir los gastos que originará dicha presentación, ej. Análisis de plumas etc.
  2. En caso de realizarse análisis de plumas se establecerá previo a la iniciación del Campeonato, un único lugar de realización.
  3. La Afiliada a la que pertenece el infractor, deberá hacer la presentación del pedido del derecho de , por escrito mediante el previo pago correspondiente.-
  4. En caso de situaciones de PV el único que podrá esclarecer el hecho es el responsable veterinario.
  5. En caso de situaciones de PA que requieran esclarecimiento de investigación se llevará a cabo por parte del Gabinete Anti – Fraude y sus colaboradores, en presencia del delegado de la Afiliada en cuestión.
  6. En el caso de situaciones de PP 1) De observación microscópica -se procederá a realizar la extracción de tres muestras de plumas del ave, esta tarea estará a cargo del responsable del área y dos ayudantes incluido el veterinario del Campeonato, siempre con la presencia del delegado de la afiliada en cuestión y dos testigos. Las muestras serán envasadas y lacradas – Una de ella se enviará al lugar a realizar el análisis, otra quedará en poder de la Federación, y la tercera en poder de la afiliada. En caso de ser necesario utilizar  todas las pruebas, se abrirán las muestras 2 y 3  en presencia de todos los interesados. 2) De aplicación de la lámpara se procederá a realizar archivo fotográfico con la presencia de dos testigos.-
  7. Una vez obtenido el resultado de las investigaciones correspondiente, si es positivo a las anormalidades observadas durante el Campeonato la afiliada pierde el dinero pagado en concepto de derecho de descargo- En el supuesto que fuera negativo, es decir no hubiera anormalidades, se procederá a la devolución del dinero pagado, y mediante medios públicos para todas las afiliadas se hará conocer el resultado y el error incurrido. Es obligación del responsable del Gabinete Anti-Fraude devolver una respuesta al “ derecho de descargo “ por escrito, para confirmar y corroborar los resultados de la investigación por cuestiones de  Organización, los sistemas  y las premiaciones en ninguno de los dos casos se verá alterada la clasificación.


Art.  10- Instrumentaciones varias
:

Todo procedimiento no  contemplado por las normas presentes para el funcionamiento del Gabinete Antifraude, será resuelto por sus integrantes, con criterio de equidad, igual, y ética  que transparente a la ornitología.


Art. 11-  Sanciones:

Quedará a cargo de cada Federación, la aplicación de sanciones a los canaricultores y/o directivos y/o Jueces, de acuerdo a sus estatutos y reglamentos internos.


Art. 12- De Forma
: Hágase conocer a las Federaciones integrantes de la COA  para su aprobación, y hágase saber a los Canaricultores.-